Los ministerios de Turismo y Deportes y Desarrollo Productivo de la Nación llevan adelante, junto al Banco de la Nación Argentina, la línea de financiamiento para PyMEs del sector turístico por un monto total de $6.000 millones de pesos, que sigue vigente hasta el 30 de septiembre de 2021.

La misma, está destinada a asistencia crediticia exclusivamente a MiPyMEs del sector Turismo para Capital de Trabajo y Gastos de Evolución.

Por ello, la subsecretaría de Industria, dependiente del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, informa que se encuentran abierta la línea que acompaña a las PyMEs turísticas a lo largo y ancho de la Argentina; e informa que las inscripciones deben realizarse en la sucursal del Banco Nación Argentina donde esté radicada la empresa.

Información: sucursales del Banco Nación Argentina.

consultascreditosnacionales@minpro.gob.ar – Subsecretaría de Industria de Santa Cruz.

Condiciones generales para acceder a la línea:

Usuarios:

MiPyMEs, cuya actividad esté detallada en el listado de CLAEs y que cuenten con el correspondiente Certificado MiPyME o certificado de elegibilidad (“Aval Turismo”) en el caso que no figure en el CLAEs. Están incluidos usuarios autónomos o monotributistas. Deben estar inscriptas en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes – Monotributo – o trabajadores autónomos o en el Régimen General, previo al 01-03-2020.

Destino:

Capital de trabajo – Gastos de evolución, no pudiendo utilizarse para financiar los destinos establecidos en el artículo 6° del Decreto 606/14 y las normas que lo modifiquen, complementen o reemplace.

Pesos

Monto máximo:

a) MiPyMEs y Autónomos, hasta dos meses y medio de ventas del solicitante, con un máximo de $ 10.000.000.

El importe surgirá del promedio mensual de ventas del período 2019.

b) Monotributistas:

$ 50.000 Categorías A, B y C.

$ 200.000 Categorías D, E, F, G, H, I, J y k.

Desembolsos: Único.

Amortización:

Sistema Alemán con periodicidad Mensual. El pago de interés deberá ser coincidente.

Plazo: Único 24 meses.

Garantías: Cobertura de FOGAR FAE MIPYMES.

Contragarantía: Se requerirá al menos la fianza personal de los socios o accionistas que representen más del 50% del capital social o la fianza de un tercero; realizándose en todos los casos el análisis de la contragarantía por parte de la Entidad.

Bonificación:

El FONDEP tomará a su cargo la siguiente bonificación:

(i) durante los primeros 12 meses, 24 ppa de la tasa de interés, y

(ii) durante los 12 meses restantes, se bonificarán 6 ppa de la tasa de interés.

Tasa:

Fija 24% TNA.

No podrán ser beneficiarias aquellas MiPyMEs que:

Incurran en las situaciones establecidas en el artículo 2° de la Resolución n° 473/18 de la ex Secretaria de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa.

Posean cheques rechazados sin cancelar anteriores al 20 de marzo de 2020.

Estén informadas en la central de deudores del sistema financiero en situación 3,4, 5 o 6.

Presenten un registro de operación sospechosa emitido por la Entidad, y se encuentren en juicio con la Entidad como parte demandada.

Registren deuda en situación irregular con FoGAr.

Hayan recibido otra Operación de la presente línea.