Santa Cruz reglamentó la Ley de Emergencia Comercial, Industrial y PyME

El Gobierno de Santa Cruz aprobó la reglamentación de la Ley N° 3996 de Emergencia Comercial, Industrial y PyME, a través del Decreto Provincial N° 0453, publicado en el Boletín Oficial Nº6086 con fecha 03 de Marzo de 2026, con el objetivo de avanzar en herramientas concretas para acompañar al sector privado santacruceño frente a la compleja situación económica que atraviesa la actividad.

La reglamentación contempla herramientas vinculadas a planes de pagoregularización de deudas y acceso a beneficios para contribuyentes provinciales, permitiendo a comercios y PyMEs iniciar procesos de regularización y acceder a certificados de libre deuda necesarios para otras operatorias y programas.

Ante el complejo escenario económico actual, el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, a través del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, informa la puesta en vigencia de la Ley de Emergencia Comercial, Industrial y MiPyME (Ley N° 3996). Esta medida tiene como objetivo principal brindar alivio fiscal y financiero a los sectores productivos locales, protegiendo el sostenimiento de la actividad y los puestos de trabajo en todo el territorio provincial.

¿A quiénes alcanza? El beneficio está dirigido a aquellos sujetos que:

  • Cuenten con Certificado MiPyME
  • Sean Contribuyentes Puros o de Convenio Multilateral con domicilio fiscal en Santa Cruz.
  • La vigencia de estos beneficios se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026.

Principales Beneficios:

  • Suspensión de Ejecuciones Fiscales.
  • Alivio en Servicios Públicos: Planes de regularización de deuda con carácter prioritario en Servicios Públicos Sociedad del Estado (SPSE) y Distrigas S.A.
  • Regularización Fiscal: Facilidades de pago ante la ASIP de hasta 60 cuotas, con tasas preferenciales y quitas de multas e intereses.
  • Apoyo Financiero: Acceso a gestiones de bonificación de tasas y condiciones especiales ante entidades bancarias.

Gestione su Solicitud: Para acceder a los beneficios, las empresas deberán presentar la nota de solicitud formal para obtener su Certificado de Cumplimiento.

Si la información es correcta, recibirás en tu casilla el Certificado de Cumplimiento Digital.

 

*Guía para completar el formulario:
1-      Abrir el formulario.
2-      Completar el formulario en línea.
3-      Guardarlo.
4-      Imprimirlo.
5-      Firmarlo.
6-      Escanearlo o sacarle una foto.
7-      Enviarlo al mail mencionado, adjuntado la documentación solicitada.

También podés ponerte en contacto para solicitar los formularios y la información requerida a través de las siguientes vías
Contactos: Teléfonos: 02966 – 427446 / 420467
Interno: 6278 y 6215
email:
emergenciacomecial@minpro.gob.ar

MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN

Dirección: Avellaneda 801
Río Gallegos – Santa Cruz 

Horario de Atención: 9:00 a 18:00 hs. 

privada@minpro.gob.ar

+54 02966-427446

 

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